12/03/2013

Cartas Fianza y Pólizas de Caución

Respecto al tema de Cartas Fianza y Pólizas de Caución, comparto la Opinión N° 055-2012/DTN, en la cual el OSCE concluye lo siguiente:
  1. Conforme a lo indicado por la SBS, resulta necesario que las cartas fianza emitidas a favor de un consorcio consignen en su texto el nombre de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que lo integran; de lo contrario, dicha garantía no podrá ser ejecutada válidamente.
  2. Cuando un recurso de apelación es declarado fundado en parte, corresponde al Tribunal de Contrataciones del Estado o a la Entidad, según corresponda, devolver la garantía al impugnante en un plazo de quince (15) días hábiles de solicitada la devolución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento.

11/23/2013

AMPLIACIÓN DE PLAZO EN LA EJECUCION DE UNA OBRA POR CONTRATA

La ampliación de plazo procede cuando se presenta cualquiera de las causales establecidas en el artículo 200° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado:
  • Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de las prestaciones por causas no atribuibles al contratista.
  • Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de las prestaciones por causales atribuibles a la entidad.
  • Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado
  • Cuando se aprueba la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista tendrá que ampliar el plazo de las garantías que hubiere otorgado

Desde el inicio y durante la realización de la causal, el contratista, por intermedio de su residente deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que, a su criterio, ameriten la ampliación. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su requerimiento de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la obra. En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de ejecución contractual, la solicitud se efectuará antes de vencimiento del mismo.
El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remitirá a la Municipalidad, en un plazo no mayor de siete (7) días, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La municipalidad resolverá sobre la ampliación dentro de un plazo máximo de catorce (14) días, contados desde el día siguiente de la recepción del informe.
Cuando se apruebe la ampliación del plazo de ejecución de una obra, corresponderá a la Entidad ampliar el plazo de todos los contratos vinculados directamente a dicho contrato de obra, sin condicionar tal ampliación a determinado procedimiento a cargo del contratista. Al respecto, considerando que toda ejecución de un contrato de obra debe ser supervisada,  el contrato de supervisión es un contrato directamente vinculado al contrato de obra; por tanto, cuando se apruebe una ampliación del plazo del contrato de obra, corresponde a la entidad ampliar también el plazo de la supervisión sin condicionar tal ampliación a determinado procedimiento a cargo del contratista.
Referencias:
RLCE: Artículos 200°, 201° y 202° 

11/04/2013

Pago de mayores gastos generales por atraso en la ejecución de una obra a precios unitarios

Respecto al Tema Indicado, la OPINIÓN Nº 074-2013/DTN realiza un análisis que engloba las caracteristicas de lo que viene a ser los Mayores Gastos Generales en obras bajo el Sistema de Precios Unitarios.

Las Conclusiones de la Opinión Técnica del OSCE, son:
  1. El pago de los mayores gastos generales que le corresponden al contratista por la aprobación de la ampliación del plazo de ejecución de un contrato de obra celebrado a precios unitarios, es independiente del pago de los gastos generales ofertados por el contratista para la ejecución de dicha obra; por lo que el pago de uno no afecta el pago del otro.
  2. Para el pago de mayores gastos generales derivados de una ampliación de plazo por atraso en la ejecución de una obra a precios unitarios, únicamente debe multiplicarse el gasto general variable diario por el número de días de la ampliación del plazo aprobada por la Entidad, sin requerir la acreditación de los costos efectivamente incurridos.

11/24/2011

Reconocimiento de Gastos Generales debido a ampliacion de plazo por paralizacion de obra

Uno de los temas que genera múltiples consultas, es respecto al RECONOCIMIENTO DE LOS GASTOS GENERALES, debido a ampliaciones de plazo por PARALIZACION en la ejecución de una obra.
Al respecto, el OSCE ha publicado la OPINIÓN Nº 086-2011/DTN, en el cual, opina lo siguiente:

“Respecto a las ampliaciones de plazo generadas por la paralización de la obra por causas no imputables al contratista, se reconoce a este los mayores gastos generales variables debidamente acreditados, de aquellos conceptos que forman parte de la estructura de gastos generales variables de la oferta económica del contratista o del valor referencial, según corresponda.

En este supuesto, debe existir una relación de causalidad entre la paralización de la obra y los gastos generales que el contratista solicita que se le reconozcan, los que se acreditan con la presentación de documentos que demuestren, fehacientemente, que el contratista incurrió en estos, ya sea con comprobantes de pago, planilla, o cualquier otro documento que resulte pertinente, teniendo en consideración el tipo de gasto general variable del que se trate”.

Por lo que, comparto la OPINION mencionada e invito a revisar el análisis que realiza la Dirección Técnica Normativa del OSCE.

11/12/2011

¿Quien elabora el Expediente Tecnico para la ejecución de Prestaciones Adicionales de Obra?

Como bien sabemos, de acuerdo al Art. 207 del RLCE, el Contratista solo debe presentar el PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA.
Por lo que, a la pregunta ¿Quien deberia elaborar el Expediente Tecnico para la ejecución de Prestaciones Adicionales de Obra?; el OSCE a traves de la DTN, emitio la OPINIÓN Nº 083-2011/DTN, el cual nos da alcances respecto a este tema.

5/12/2011

Nueva Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública

Una de las principales novedades del mes de abril es la nueva Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 que, entre otros aspectos, elimina los estudios de prefactibilidad modificando el ciclo del proyecto en la fase de preinversión, modifica los umbrales de incremento de costos de proyectos en fase de inversión, sin tener que ser paralizados ni entrar en proceso de verificación de viabilidad, precisa los roles de la Oficina de Programación de Inversiones respecto de la aprobación de términos de referencia, así como la obligatoriedad de presentar los estudios de pre inversión y sus términos de referencia, en formato digital, a fin de colgarlos en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas y establece la constitución de los Comités de seguimiento de proyectos  cuyo monto de inversión supere los 10 millones de soles. El MEF espera que esta nueva directiva ayude a agilizar la gestión del sistema.

Cuantificacion de la Ampliacion de Plazo

Respecto a este tema; uno de los puntos es la más importantes es la cuantificación y la sustentación de la ampliación del plazo de ejecución de obra, debido a los atrasos en el cumplimiento de las prestaciones por causas ajenas a la voluntad del contratista y atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad contratante.

En lo referente a la cuantificación, se debe tener en cuenta el Gantt original el mismo que forma parte del contrato, único documento contractual donde se establece las duraciones de ejecución de las partidas (que se encuentran en la ruta critica) del presupuesto de la obra; por lo cual, con sus respectivos metrados se obtienen los rendimientos de cada una de las partidas afectadas por el atraso en el cumplimiento de las prestaciones.

GESTIÓN DE CALIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN Se debe establecer el medio por el cual se controlan los documentos técnicos (especificaciones, planos...

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