4/26/2011

Pago de mayores costos por la ampliación del plazo del contrato de supervisión de obra

Respecto al tema indicado, en la OPINIÓN Nº 010-2011/DTN; el OSCE presenta el siguiente ejemplo:

"... debe indicarse que en los contratos de supervisión pactados a suma alzada, en los que el contratista formulaba su propuesta “por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución” , el pago solía pactarse en función al porcentaje de avance en la ejecución de la obra, o en función a los días de servicios prestados.

En el primer caso, conforme se iba ejecutando la obra, se iban ejecutando y pagando las prestaciones de supervisión. Por tanto, cuando a consecuencia del desfase en la ejecución de algunas actividades o partidas de la obra, se ampliaba el plazo del contrato de obra y, en consecuencia, el plazo del contrato de supervisión de obra, solo correspondía pagar al supervisor mayores gastos generales, pero no costos directos ni utilidad, puesto que las actividades o partidas desfasadas recién serían supervisadas durante el periodo correspondiente a la ampliación.

En el segundo caso, se pagaba por cada día de supervisión, independientemente del avance en la ejecución de obra. En esa medida, cuando a consecuencia del desfase en la ejecución de algunas actividades o partidas de la obra, se ampliaba el plazo del contrato de obra y, en consecuencia, el plazo del contrato de supervisión de obra, debía pagarse mayores costos directos, gastos generales y utilidad..."

Por lo que; recomiendo leer la opinión adjunta, a fin de tener mayor información respecto a lo indicado en el Art. 191º del RLCE, en relación a los temas: MAYORES PRESTACIONES y PRESTACIONES ADICIONALES EN LA SUPERVISION.

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